jueves, 26 de enero de 2012

Desde el Orinoco hasta el Esequibo


1965 César Rondón Lovera, Desde el Orinoco hasta el Esequibo Primera Edición 

Ficha Técnica: Desde el Orinoco hasta el Esequibo

1. Titulo: Desde el Orinoco hasta el Esequibo
Diputado César Rondón Lovera

2. Autor: César Rondón Lovera

Destacado escritor, periodista y político venezolano quien muy joven se dedico a la política  para 1946 es  electo Diputado al Congreso Nacional; en junio de 1948 en compañía de Juan Sainsburg  asiste  a Valparaíso en representación de de Acción Democrática al XII Congreso General del Partido Socialista de Chile;    en la década de los cincuenta   combatió a la Dictadura de Marcos Pérez Jiménez; en 1950 firma  un comunicado condenando el asesinato de Carlos Delgado Chalbaud; Ante el fraude  electoral de 1952, César Rondón Lovera insiste en reclamar ante el Consejo Supremo Electoral, en nombre de Acción Democrática por lo que se ordena su expulsión  del país en compañía Jaime Pérez, Melchor Tineo Plaza y Eduardo Arcila Farías.

Cesar Rondón Lovera, perteneció al Buro juvenil de Acción Democrática y  a pesar que la juventud  de esta organización política fue desplazada  por  los  viejos  dirigentes.   En la convención celebrada en  1959, con motivo de elegir su nueva directiva   es  electo  Secretario de Asuntos Internacionales del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de AD.

En 1960  los once miembros del Buro juvenil de Acción Democrática (AD), fueron suspendidos de su militancia  entre ellos “…Cesar Rondón Lovera encabezando la lista  de los  Interventores…”

Es 1962, es electo Diputado independiente por el Estado Zulia período este, en que   la oposición, llega a controlar la Cámara de Diputados  donde ocupa  su vicepresidencia y la Presidencia para el nuevo periodo en   1968. Este mismo año   preside la delegación venezolana integrada por  catorce Congresistas venezolanos que viajaron  a Brasilia para asistir a la III Asamblea Ordinaria del Parlamento Latino Americano.

Fue un ferviente defensor de la institucionalidad del asilo diplomático al  señalar: “…lo fundamental de esas alternativas  es que parten del reconocimiento de la institución del asilo y de la facultad unilateral del país asilante para calificar  el asilo…”

Entre sus escritos podemos señalar  Cristóbal colon y Apolo II; Problemas políticos de Venezuela, 1963; Desde el Orinoco hasta el Esequibo en 1965 en su primera edición;  Recuperación de la Guayana Esequiba Discursos pronunciados en la sección solemne del 13 de octubre de 1965, publicado por  Senado de la Republica de  Venezuela ese mismo año.  Disertación esta  que se encuentra insertado entre  las  pág. 151 a la164; 155 Aniversario del 12 de febrero de 1814, 1966; Bolívar, conciencia de un continente discurso de orden, 1982Política exterior de Venezuela(Proyección para la Democracia), 1983.

La Guayana Esequiba
En referencia a la reclamación, reivindicación o unificación de  de los territorios al oeste del río Esequibo el Dr.  César Rondón Lovera, se convirtió en un fiel y consecuente defensor de su territorialidad a Venezuela, como legislador periodista y ciudadano venezolano.

En febrero de 1962, como  Diputado y a su vez  Secretario de Asuntos Internacionales de AD, procedió a rechazar  públicamente las  gestiones del Sr. Félix A. Cummings,  quien supuestamente era representante personal del Primer Ministro de la colonia de la Guayana Británica.  Quién  había hecho circular un documento en las Naciones Unidas, especialmente ante la Comisión de Administración Fiduciaria de la Asamblea General, señalando que la reclamación  territorial venezolana  sobre   la Colonia Británica: “…carece de todo fundamento…”,  cuyo texto a su vez concluía con la frase que la Guayana: “…no entregaría una sola pulgada de su territorio…”, palabras estas que se han venido repitiendo a partir de la independencia de la colonia inglesa en 1966.

Pero que en esa oportunidad  el Dr. César Rondón Lovera,  salió en defensa de Venezuela al señalar: “…el Sr. Cummings ha incurrido en excesos verbalistas que la dignidad del Gobierno de nuestro país rechaza categóricamente…”.

En abril de 1962 el Senador Gonzalo García Bustillos, propone en el Congreso Nacional aprobar una resolución respaldando sin reservas al Gobierno Nacional.  En su reclamo ante la Gran Bretaña  por los territorios al oeste del rio Esequibo.

 Proposición esta que  estuvo acompañada por el respaldo irrestricto de César Rondón Lovera, en representación de los partidos en la formula AD-AR; y de los Diputados José Herrera Oropeza por URD; Raúl L. Rojas por el MIR y de José María Machín por la formula AD-VG.

Proyecto este que  fue aprobado con el voto salvado del Diputado por el Partido Comunista Pedro Ortega Díaz. Ver Problemas Militares venezolanos FANB y Democracia en los inicios del Siglo XIX. (Ficha Técnica)

En 1965  César Rondón Lovera, procede a publicar en la ciudad de Maracaibo una  obra en defensa de la territorialidad venezolana por los territorios al oeste del rio Esequibo titulada Desde el Orinoco hasta el Esequibo que a su vez sub titulaba Crónica en Grado Elemental,  la cual en el día de hoy presentamos su ficha técnica.
Oficio del  04 de enero de 1968 Ministerio de Educación Direccion Técnica
Esta obra en el transcurso de los años  fue revisada, corregida y aumentada contando hasta nuestra investigación con cuatro ediciones y dos reediciones.  Para la edición de 1969 incluye  la reproducción de un oficio del Ministerio de Educación de Venezuela de la Dirección Técnica signado con el No 009 del 04 de enero de 1968, en la que señala: “…a los fines de la aprobación oficial para su uso en los planteles de la Republica, tengo a bien participarle que dicha obra ha sido autorizada por Resolución No T-14354, de este Ministerio, publicado en la gaceta Oficial No 28508 de fecha 15 de diciembre de 1967,…”.

El 05 de  octubre de 1965, César Rondón Lovera, se unía al clamor nacional por la reclamación,  reivindicación o unificación de los territorios ubicados al oeste del rio Esequibo al señalar “…durante nuestras luchas de resistencia contra la última dictadura, compartimos con muchos otros compatriotas la preocupación de hacer valer la soberanía de Venezuela en el territorio usurpado por la Gran Bretaña…”.

El del 13 de octubre de 1965, fue día trascendental  en  la historia del  Congreso Nacional,  al apoyar este unánimemente la reclamación territorial de los territorios ubicados al oeste del río Esequibo en sección solemne,  al acordar  en su artículo No 1: “…Expresar unánime y firme respaldo del Congreso de la Republica a la justa y patriótica gestión diplomática que adelanta el Gobierno Nacional ante el Gobierno de la Gran Bretaña en su reclamo de la Guayana Esequiba, mediante el cual se reivindica para Venezuela parte importante de su territorio sobre el cual nuestro país tiene suficientes títulos históricos y jurídicos…”.

Artículo No 2°- declarar que la reclamación territorial no va dirigida contra la independencia de la Guayana Británica, y reiterar la posición anticolonialista de Venezuela como principio básico de nuestra política internacional y fundamento también del sistema jurídico interamericano…”

En esta memorable sección solemne a favor de la reclamación, reivindicación o unificación de los territorios ubicados al oeste del río Esequibo, conocidos como la Guayana Esequiba, Zona en Reclamación, vino a su vez acompañada con la  intervinieron en el hemiciclo de  seis Senadores y diez Diputados  entre estos últimos el Dr. César Rondón Lovera, cuyas disertaciones fueron recopiladas en un libro  titulado Recuperación de la Guayana Esequiba Discursos pronunciados en la sección solemne del 13 de octubre de 1965.

En el año 1969 el Congreso Nacional realizo una serie de interpelaciones y debates como consecuencia de la Rebelión del Rupununi, los cuales concluyeron con un acuerdo   propuesto por el Diputado César Rondón Lovera, el cual fue aprobado por unanimidad señalando en una de sus partes:
“…ratificar de manera expresa los títulos de soberanía de Venezuela sobre la isla de Anacoco y rechazar categóricamente las declaraciones del Primer Ministro Forbes L. Burnham…”  
Por otra parte César Rondón Lovera, disto una serie de conferencia respecto de la reclamación, reivindicación y unificación de la Guyana Esequiba. 


3. Tema: La Guayana Española, La Guayana Venezolana, Derecho Territorial venezolano, Utis Possidetis Iuri.    Líneas Schomburgk, invalidez del Laudo Arbitral, Memorándum de Mallet Prevost, Acuerdo de Ginebra

4. Descripción: Esta publicación nos presenta  un enfoque  histórico y Jurídico  de la Reclamación de la Guayana Esequiba.
 1966  César Rondón Lovera, Desde el Orinoco hasta el Esequibo Segunda  Edición 


1969  César Rondón Lovera, Desde el Orinoco hasta el Esequibo Tercera  Edición  
1983 César Rondón Lovera Desde el Orinoco hasta el Esequibo 

1983 César Rondón Lovera Desde el Orinoco hasta el Esequibo 

5. Año de Publicación:
Primera edición  1965
Segunda edición 1966
Tercera edición   1969
Cuarta edición     1983
Segunda reimpresión 1966


6. Lugar:
Primera edición  Maracaibo
Segunda edición Maracaibo
Tercera edición   Caracas
Cuarta edición     Caracas
Primera reimpresión Maracaibo
Segunda reimpresión Caracas

7. Editorial: 
Primera edición,   Editorial Doña Barbará mas una reimpresión
Segunda edición, Talleres gráficos Editorial Universidad del  Zulia Dirección de Cultura
Tercera edición, Imprenta del Congreso Nacional
Cuarta edición, Reimpreso en los  Talleres gráficos Congreso Nacional.

8. No de Páginas:
Primera edición 96 Págs.
Segunda edición 142 Págs.
Tercera edición    206 Págs.
Cuarta edición     242 Págs.
Primera reimpresión  96 Págs.
Segunda reimpresión 206

9. ISBN:

10. Peso: Gramos 
Primera edición  Maracaibo  100. Gramos 
Segunda edición Maracaibo 200. Gramos 
Tercera edición   Caracas       350 Gramos 
Cuarta edición     Caracas      350 Gramos 
Primera reimpresión Maracaibo 100. Gramos 
Segunda reimpresión

11. Ancho:  .cmts 
Primera edición  Maracaibo 23. cmts 
Segunda edición Maracaibo 23. cmts 
Tercera edición   Caracas  15 ½. cmts 
Cuarta edición     Caracas  15 ½.  cmts 
Primera reimpresión Maracaibo
Segunda reimpresión

12. Largo
Primera edición  Maracaibo. 16.  cmts. 
Segunda edición Maracaibo  16. cmts. 
Tercera edición   Caracas        14 ½.  cmts. 
Cuarta edición     Caracas      14 ½.      cmts. 
Primera reimpresión Maracaibo 16.  cmts. 
Segunda reimpresión              16.     cmts. 
13. Tipo de papel:     

14. Tipo de Publicación: libro

15. Temas Relacionados: 

Venezuela Límites con la Guayana Inglesa-Británica; Guayana-Limites-Venezuela; Guayana Esequiba; Zona en Reclamación; Reclamos Territoriales; La Cuestión con la Guayana; Arbitraje-Venezuela;  Guayana Inglesa. Cartografía Guayana. 

16. Agencia:
Primera edición; Particular
Segunda edición; Universidad del Zulia Dirección de Cultura
Tercera edición; Congreso Nacional
Cuarta edición (reimpresión);  Congreso Nacional
Primera reimpresión Editorial Doña Barbará
Segunda reimpresión


17. Colección: 
Pertenece  a la serie de libros publicados sobre la divulgación y defensa de los derechos de Venezuela sobre los territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos como la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación.

18. Contenido:
1983 índice  Desde el Orinoco hasta el Esequibo

  
20. Publicación:
La ficha técnica  de la obra de César Rondón,  Lovera Desde el Orinoco hasta el Esequibo, bien la podemos  enmarcar en la fase VII.    De la   Bibliografía publicada entre los años de  1949 a 1966. Que abarca el periodo entre la publicación del Memorándum de Mallet Prevost en 1949, hasta la firma del Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966. Independientemente de que esta obra haya sido publicada en otra fase, ya que para su clasificación  tomamos la fecha de la primera edición.

lunes, 16 de enero de 2012

Valuación Actualizada del Acuerdo de Ginebra


1982 Valuación Actualizada del Acuerdo de Ginebra
Oscar José Márquez

Ficha Técnica: Valuación Actualizada del Acuerdo de Ginebra

1. Titulo: Valuación Actualizada del acuerdo de Ginebra

2. Autor: René De Sola
Destacado universitario,  jurista, y político en el ambiente jurídico,   fue un consecuente luchador estudiantil al integrar muy joven la Federación de Estudiantes de Venezuela.  Ya para año de 1932,  Gil y Fortul le permite a René de Sola manifestar sus inquietudes a través del  el Nuevo Diario.

En 1940 en compañía de Felipe Casanova, Gustavo Díaz Solís, Luis Beltrán González, Benito Raúl Losada,  Ezequiel Monsalve, Efraín Schacht, Alfredo Tarre Murzi, y otros fundan el grupo  “VIDE”,  de poca duración  pero que tuvo destacada actuación en el mundo cultural y científico.

René De Sola,  en 1941  con tan solo 21 años obtiene el premio Andes Bello de la Academia Nacional de la lengua con su trabajo “Al encuentro de Cecilio Acosta”.

En su quinto año de derecho se le reconocen sus aptitudes, y capacidad  a  René De Sola al ser  designado Profesor Repetidor de los Principios Generales del  Derecho para el año  1941-1942; Culminando sus estudios Suma Cum Laude, obteniendo  en 1943 el título de abogado y Doctor en Ciencias Políticas en la Universidad Central de Venezuela (UCV); Doctor en Derecho Universidad de París en 1953 con su tesis sobre las Operaciones Inmobiliarias en el Derecho venezolano; Doctor Honoris Causa en Filosofía de la Universidad de Tel Aviv (Israel).

Se desempeño como secretario del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil  del Distrito Federal 1945; como Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal 1947; Fundador de Casanova & De Sola  1944, Firma que se transforma posteriormente en  De Sola; Profesor en la Universidad Central de Venezuela y la Universidad Católica Andrés Bello (a partir de 1944); Miembro del Consejo de la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Venezuela (1950); Decano en la Facultad de Derecho en la Universidad Santa María ( a partir de 1954); Integro la Sala de Casación Civil; Ministro de Justicia (1958); Fundador del Cuerpo Técnico de Policía Judicial (1958); Ministro de Relaciones Exteriores (1958-1959); Miembro de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales 1960; Senador Suplente por el Distrito Federal (1963); Presidente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales la cual reforma y reestructura (1968); Miembro Correspondiente Hispanoamericano de la Real Academia Española (1970); Director de la Academia Venezolana de la Lengua (1979).

Presidente de la Sala Política Administrativa de la Corte Suprema de Justicia (1979); Presidente de la Corte Suprema de Justicia (1987-1989); Presidente de la Comisión de la Reforma del Código de Comercio.

A nivel internacional fue Miembro de la Comisión Permanente de Conciliación (Tratados Venezuela Colombia del 17/12/39); Presidente Alterno de la Junta de Apelaciones de UNESCO (1985); Embajador Delegado Permanente de Venezuela ante la UNESCO (1970); Presidente del Grupo Latino americano y del Caribe de la Unesco 1970; Miembro del Instituto de Derecho Comparado de la Universidad de París; Miembro del Instituto de Derecho Comercial de la Universidad de Buenos Aires; Presidente del Comité Jurídico de UNESCO (1978 y 1995).

La inquietud  intelectual del  Dr. René De Sola le llevo a producir una serie de obras entre ellas Novelas,  artículos,  ensayos, obras de  teatro,  traducciones del francés al español y redacción de leyes.   

Entre sus profusa producción podemos señalar Las Universidades y la Confraternidad Americana, 1940; Al Encuentro con Cecilio Acosta,  1942; La Protección de las Minorías en las compañías Anónimas 1951; De la commercialité des operations inmmobiliéres en droit vénezuélien,  1953;  Misión y Destino de la Universidades venezolanas, 1954; Posición de venezolana ante los Problemas Mundiales, 1958;  Opinión Jurídica, 1960 con siete temas diferentes entre los que se destaca   Las Minorías en las Compañías anónimas que  es traducida al francés; Las Vacaciones de Apolo en compañía de Jean Berthet, 1958; La Universidad y la Política, 1962; Balance Inconcluso de una Actitud Universitaria, 1962; El Derecho Venezolano Sobre la Letra de Cambio con dos Ediciones 1960-1967; La Palabra Misteriosa, 1966; La Universidad y la Profesión de Abogado, 1968; ¿Es un crimen el trasplante del Corazón?, 1968; El Pacto Andino como factor de unificación y progreso en el Derecho, 1975;  La Traducción Utopía o Reto?, 1978; Una Letra de Cambio liberada por el libertador, 1981;  La interpretación Progresista de la Ley, 1982; Ensayos y Contra reloj 1982;  Bolívar, ahora Siempre,  1983; El itinerario Filosófico de Andrés Bello y la Agricultura y la Zona Tórrida;  Angustia de Expresar,1988; Interpretación Progresista de la Ley 1988; Edgard Sanabria: un gran Venezolano,  1991 entre otras muchas producciones de  su autoría.


La Guayana Esequiba - Zona en Reclamación  
En referencia a los derechos, históricos, jurídicos y sociales sobre  la  reclamación territorial venezolana por los Territorios al oeste del río Esequibo conocido como la Guyana Esequiba o Zona en Reclamación, el Dr.  René De Sola,  dicto una serie de conferencias, entrevistas en radio, TV  y  escribió una serie de  artículos en la prensa nacional  publicando  cuatro  obras.  De  tan importante tema sobre la territorialidad venezolana y solía decir reiteradamente:

“... que era lamentable que los venezolanos no mantuviéramos un interés permanente en el seguimiento del proceso de recuperación territorial planteado. De modo casi espasmódico, dije, solemos despertar de tiempo en tiempo para proclamar nuestra vieja  e indeclinable ansia de justicia, pero carecemos de la necesaria perseverancia para mantener el esfuerzo continuado y tenaz que habrá de conducirnos, tarde o temprano pero indefectiblemente, al logro del objetivo final…”

Enfatizando públicamente en cada oportunidad que tenía:

“…La solución de un conflicto de tanta magnitud, no sólo  por su propia naturaleza, sino por la multitud de intereses involucrados, requiere permanentemente atención. De lo contrario no podremos estar en actitud de responder rápidamente y adecuadamente a cada una de las eventualidades de una controversia cargada de no pequeñas dificultades y de múltiples riesgos…”

Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra  (1966)
La posición del Dr. René de Sola, frente a la firma del Acuerdo de Ginebra,   fue ampliamente conocida y debatida su tesis en    referencia    al referido Acuerdo al señalar y promover que: “…no ha sido el paso más conveniente para Venezuela, pues tanto el Acuerdo de Ginebra,  como la creación de una Comisión Mixta para buscar soluciones satisfactorias para el arreglo de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido, lo que ha hecho es congelar la reclamación formulada por nosotros contra el Laudo de París, que fue  un acto sin eficiencia  Legal por nulo e irrito…”.

Posición esta  que plasmo en su  obra   La Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra, sufragando los gastos de su publicación  en 1966. Y que el pasado 09 de enero del presente año  subimos al blog su respectiva ficha técnica.

La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba (1969)
El pasado 02 de enero con motivo  de conmemorarse los cuarenta y tres años de la Rebelión del Rupununi presentamos una ficha técnica de la obra  del Dr. René de Sola,  La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba, folleto elaborado a partir de una extensa y profunda  entrevista realizada el 30 de enero de 1969 en el Programa  Frente a la Prensa del canal  T.V No 4  Venvisión,  por los periodistas María Elena Páez, Carlos Rodríguez Gantcaume  y Alfredo Schael. 

La  Valuación  Actualizada del Acuerdo de Ginebra(1982)
El Dr. René de Sola,  pública una nueva obra sobre   la reclamación territorial de la Guayana Esequiba en  1982 que titulo La  Valuación  Actualizada del Acuerdo de Ginebra, texto este que  se corresponde con la transcripción de su Conferencia dictada el 05 de Noviembre 1981, en la Sesión Conjunta de la Academia Nacional de la Historia y de la Academia de Ciencias políticas y Sociales.

 En el cual analiza la ejecución del acuerdo de Ginebra, ¿la validez del Protocolo de Puerto España para Venezuela?, y las consecuencias de la revitalización del Acuerdo de Ginebra entre otros temas. Cuya ficha técnica presentamos en el día de hoy.

Hacia el rescate de la Guayana Esequiba (1982)
El Dr. René de Sola, publica  un último trabajo del cual tengamos conocimiento  sobre la reclamación territorial  a finales del año de  1982, titulado   Hacia el rescate de la Guayana Esequiba, patrocinado por la Cámara  de Comercio de Valencia.

3. Tema:
Derecho Territorial venezolano; Utis Possidetis Iuri; Tratado de Washington; el Laudo Arbitral de París del 03 de octubre de 1899; líneas de compromiso y no de derecho; La nulidad absoluta de cualquier decisión que carezca de  sus elementos esenciales; Reclamación Territorial; Consenso nacional;  Las cuestiones internacionales deben de tratarse, públicamente y francamente por que el pueblo no puede ser relegado a simples espectadores;  


4. Descripción: Esta publicación nos presenta  un enfoque geográfico y estudio histórico Jurídico  de la Reclamación de la Guayana Esequiba 

5. Año de Publicación: 1982

6. Lugar: Caracas

7. Editorial: Imprenta del Ministerio de Educación

8. No de Páginas: 46

9. ISBN:

10. Peso: 120 Gramos 

11. Ancho: 24 .cmts 

12. Largo: 16. cmts. 

13. Tipo de papel:

14. Tipo de Publicación: Folleto

15. Temas Relacionados: 
Venezuela Límites con la Guayana Inglesa-Británica; Guayana-Limites-Venezuela; Guayana Esequiba; Zona en Reclamación; Reclamos Territoriales; La Cuestión con la Guayana; Arbitraje-Venezuela;  Guayana Inglesa. Cartografía Guayana. 

16. Agencia:

17. Colección:
Perteneciente a la serie de  folletos publicados sobre la divulgación y defensa de los derechos de Venezuela sobre los territorios de la Guayana Esequiba ubicados al oeste del río Esequibo.

18. Contenido:
Permanente Actitud de Vigilancia            Pág.11
Consenso Nacional                                 Pág.12  
Un Ejemplo significativo                          Pág.13
Diplomacia Abierta                                 Pág. 13
Sinopsis  Histórica                                  Pág. 15
El Acuerdo de Ginebra                           Pág. 22
Comienza una Nueva Etapa                    Pág. 25
Ejecución del Acuerdo                           Pág. 27
Otras Consultas Previas al Protocolo
 de Puerto España                                  Pág. 31
El Protocolo de Puerto España               Pág. 32
¿Es Valido para Venezuela el
Protocolo de Puerto España?                 Pág. 34
Consecuencias de la revitalización
del Acuerdo de  Puerto España              Pág. 38
Ancestral espíritu conciliador
de Venezuela                                         Pág.39
Estrategia Adecuada                              Pág. 44

 
20. Publicación:
La Obra  del Dr. René De Sola Valuación Actualizada del Acuerdo Ginebra la  podemos enmarcar en la Bibliografía  publicada entre los años de 1966-1989 en la fase No VIII.           

Que abarca a su vez dos periodos bien demarcados. Desde la firma del  Acuerdo de Ginebra en  1966, hasta el vencimiento del Protocolo de Puerto España en 1982, cuando Venezuela decide no renovar el mismo y continuar con lo establecido en el artículo IV (2), del  Acuerdo de Ginebra que tipifica que de no llegarse a un acuerdo con respecto a la elección de uno de los medios de solución previstos en el Articulo 33 de la Carta de las Naciones Unidas referirán la decisión: “…o de no llegar a un acuerdo sobre este punto, al Secretario General de las Naciones Unidas…”. Ese mismo año. En 1987 Guyana y Venezuela deciden aceptar el método de los Buenos Oficios que en realidad comienza a funcionar en 1989, con el llamado Proceso de los Buenos Oficios bajo la intermediación del referido Secretario General de las Naciones unidas según lo establecido en el artículo IV (2), del Acuerdo de Ginebra 1966.






viernes, 13 de enero de 2012

Comunicación del Foreign Office, del 13 de enero de 1841 firmada por Florencio O’Leary al Dr. Guillermo Smith Ministro de Relaciones Exteriores de Venezuela


Mapa de las Colonias holandesas de Esequibo, Berbíce y Demerara 1807 


Henry Temple,  Lord Palmerston Secretario de Relaciones  (Foreign Office) de la Gran Bretaña en tres oportunidades  1830-1834; 1835-1841 y 1846-1851 en un periodo conocido como la Diplomacia de las Cañoneras  


Oscar José Márquez 

Ultimátum del Foreign Office Inglés

Caracas, January 13, 1841.
I am instructed by Lord Palmerston to acquaint your Excellency that Her Britannic Majesty has issued a Commission to Mr. R. Schomburgk authorizing him to survey and mark out the boundary between British Guiana and Venezuela; and I have orders to add that the Governor of British Guiana has been instructed to resist any aggression upon the territories near the frontier which have been hitherto occupied by independent Indian tribes .

DANIEL F. O'LEARY

Traducción:

Caracas 13 de enero de 1841
Se me ha instruido por parte de Lord Palmerston para dar a conocer a Vuestra Excelencia que su Majestad Británica  ha  comisionado al Sr. Schomburgk, para reconocer el territorio y marcar el límite entre la Guayana británica y Venezuela y  tengo orden de informar  que el gobernador de la Guayana Británica ha sido instruido para resistir cualquier agresión contra los territorios cercanos  a la frontera que han sido hasta ahora ocupado por tribus indígenas independientes.

Daniel Florencio O´Leary

Tomado de  La Gaceta (Caracas) del 22 de agosto de 1841, No 554

lunes, 9 de enero de 2012

Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra


Ficha Técnica: Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra
 1966 René De Sola.  Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra
Oscar José  Márquez

1. Titulo: Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra

2. Autor: René De Sola. 
Destacado universitario,  jurista, y político en el ambiente jurídico,   fue un consecuente luchador estudiantil al integrar muy joven la Federación de Estudiantes de Venezuela.  Ya para año de 1932,  Gil y Fortul le permite a René de Sola manifestar sus inquietudes a través del  el Nuevo Diario.

En 1940 en compañía de Felipe Casanova, Gustavo Díaz Solís, Luis Beltrán González, Benito Raúl Losada,  Ezequiel Monsalve, Efraín Schacht, Alfredo Tarre Murzi, y otros fundaron el grupo  “VIDE”,  de poca duración  pero que tuvo destacada actuación en el mundo cultural y científico.

René De Sola,  en 1941  con tan solo 21 años obtiene el premio Andes Bello de la Academia Nacional de la lengua con su trabajo “Al encuentro de Cecilio Acosta”.

En su quinto año de derecho se le reconocen sus aptitudes, capacidad  A René De Sola al ser  designado Profesor Repetidor de los Principios Generales del  Derecho para el año  1941-1942; Culminando sus estudios Suma Cum Laude obteniendo  en 1943 el título de abogado y Doctor en Ciencias Políticas en la Universidad Central de Venezuela (UCV); Doctor en Derecho Universidad de París en 1953 con su tesis sobre las Operaciones Inmobiliarias en el Derecho venezolano; Doctor Honoris Causa en Filosofía de la Universidad de Tel Aviv (Israel).

Se desempeño como secretario del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil  del Distrito Federal 1945; como Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal 1947; Fundador de Casanova & De Sola  1944, Firma que se transforma posteriormente en  De Sola; Profesor en la Universidad Central de Venezuela y la Universidad Católica Andrés Bello (a partir de 1944); Miembro del Consejo de la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Venezuela (1950); Decano en la Facultad de Derecho en la Universidad Santa María ( a partir de 1954); Integro la Sala de Casación Civil; Ministro de Justicia (1958); Fundador del Cuerpo Técnico de Policía Judicial (1958); Ministro de Relaciones Exteriores (1958-1959); Miembro de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales 1960; Senador Suplente por el Distrito Federal (1963); Presidente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales la cual reforma y reestructura (1968); Miembro Correspondiente Hispanoamericano de la Real Academia Española (1970); Director de la Academia Venezolana de la Lengua (1979).

Presidente de la Sala Política Administrativa de la Corte Suprema de Justicia (1979); Presidente de la Corte Suprema de Justicia (1987-1989); Presidente de la Comisión de la Reforma del Código de Comercio.

A nivel internacional fue Miembro de la Comisión Permanente de Conciliación (Tratados Venezuela Colombia del 17/12/39); Presidente Alterno de la Junta de Apelaciones de UNESCO (1985); Embajador Delegado Permanente de Venezuela ante la UNESCO (1970); Presidente del Grupo Latino americano y del Caribe de la Unesco 1970; Miembro del Instituto de Derecho Comparado de la Universidad de París; Miembro del Instituto de Derecho Comercial de la Universidad de Buenos Aires; Presidente del Comité Jurídico de UNESCO (1978 y 1995).

La inquietud  intelectual del  Dr. René De Sola le llevo a producir una serie de obras entre ellas Novelas,  artículos,  ensayos,  teatro,  traducciones del francés al español y redacción de leyes.   

Entre sus profusa producción podemos señalar Las Universidades y la Confraternidad Americana, 1940; Al Encuentro con Cecilio Acosta,  1942; La Protección de las Minorías en las compañías Anónimas 1951; De la commercialité des operations inmmobiliéres en droit vénezuélien,  1953;  Misión y Destino de la Universidades venezolanas, 1954; Posición de venezolana ante los Problemas Mundiales, 1958;  Opinión Jurídica, 1960 con siete temas diferentes entre los que se destaca   Las Minorías en las Compañías anónimas que  es traducida al francés; Las Vacaciones de Apolo en compañía de Jean Berthet, 1958; La Universidad y la Política, 1962; Balance Inconcluso de una Actitud Universitaria, 1962; El Derecho Venezolano Sobre la Letra de Cambio con dos Ediciones 1960-1967; La Palabra Misteriosa, 1966; La Universidad y la Profesión de Abogado, 1968; ¿Es un crimen el trasplante del Corazón?, 1968; El Pacto Andino como factor de unificación y progreso en el Derecho, 1975;  La Traducción Utopía o Reto?, 1978; Una Letra de Cambio liberada por el libertador, 1981;  La interpretación Progresista de la Ley, 1982; Ensayos y Contra reloj 1982;  Bolívar, ahora Siempre,  1983; El itinerario Filosófico de Andrés Bello y la Agricultura y la Zona Tórrida, Angustia de Expresar,1988; Interpretación Progresista de la Ley 1988; Edgard Sanabria: un gran Venezolano,  1991 entre otras muchas producciones de  su autoría.

La Guayana Esequiba - Zona en Reclamación  
En referencia a los derechos, históricos, jurídicos y sociales sobre  la  reclamación territorial venezolana por los Territorios al oeste del río Esequibo conocido como la Guyana Esequiba o Zona en Reclamación, el Dr.  René De Sola,  dicto una serie de conferencias, entrevistas en radio, TV  y  escribió una serie de  artículos en la prensa nacional  publicando  cuatro  obras.  De  tan importante tema de la territorialidad venezolana sobre la que reiteradamente decia: “... que era lamentable que los venezolanos no mantuviéramos un interés permanente en el seguimiento del proceso de recuperación territorial planteado. De modo casi espasmódico, dije, solemos despertar de tiempo en tiempo para proclamar nuestra vieja  e indeclinable ansia de justicia, pero carecemos de la necesaria perseverancia para mantener el esfuerzo continuado y tenaz que habrá de conducirnos, tarde o temprano pero indefectiblemente, al logro del objetivo final…”

Enfatizando públicamente en cada oportunidad que tenía:
“…La solución de un conflicto de tanta magnitud, no sólo  por su propia naturaleza, sino por la multitud de intereses involucrados, requiere permanentemente atención. De lo contrario no podremos estar en actitud de responder rápidamente y adecuadamente a cada una de las eventualidades de una controversia cargada de no pequeñas dificultades y de múltiples riesgos…”

Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra  (1966)
La posición del Dr. René de Sola, frente a la firma del Acuerdo de Ginebra,   fue ampliamente conocida y debatida su tesis en    referencia    al referido Acuerdo al señalar y promover que: “…no ha sido el paso más conveniente para Venezuela, pues tanto el Acuerdo de Ginebra,  como la creación de una Comisión Mixta para buscar soluciones satisfactorias para el arreglo de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido, lo que ha hecho es congelar la reclamación formulada por nosotros contra el Laudo de París, que fue  un acto sin eficiencia  Legal por nulo e irrito…”.

Posición esta  que plasmo en su  obra   La Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra, sufragando los gastos de su publicación  en 1966. Y que hoy presentamos a nuestros apreciados lectores su ficha técnica.

La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba (1969)
El pasado 02 de enero con motivo  de conmemorarse los cuarenta y tres años de la Rebelión del Rupununi presentamos una ficha técnica de la obra  del Dr. René de Sola,  La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba, folleto elaborado a partir de una extensa y profunda  entrevista realizada el 30 de enero de 1969 en el Programa  Frente a la Prensa del canal  T.V No 4  Venvisión,  por los periodistas María Elena Páez, Carlos Rodríguez Gantcaume  y Alfredo Schael. 

La  Valuación  Actualizada del Acuerdo de Ginebra (1982)
El Dr. René de Sola,  pública una nueva obra sobre   la reclamación territorial de la Guayana Esequiba en  1982 La  Valuación  Actualizada del Acuerdo de Ginebra, texto este que  se corresponde con la transcripción de su Conferencia dictada el 05 de Noviembre 1981, en la Sesión Conjunta de la Academia Nacional de la Historia y de la Academia de Ciencias políticas y Sociales.  En el cual analiza la ejecución del acuerdo de Ginebra, ¿la validez del Protocolo de Puerto España para Venezuela?, y las consecuencias de la revitalización del Acuerdo de Ginebra entre otros temas.

Hacia el rescate de la Guayana Esequiba(1982)
El Dr. René de Sola, publica  un nuevo trabajo sobre la reclamación territorial en 1982,   Hacia el rescate de la Guayana Esequiba, patrocinado por la Cámara  de Comercio de Valencia.

3. Tema: Derecho Territorial venezolano, Utis Possidetis Iuri.    Líneas Schomburgk,  Derechos Históricos y jurídicos, Reclamo territorial,  

4. Descripción: Esta publicación nos presenta el argumento o  la tesis sobre  que el Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966, señalándose que no fue   el pasó  más conveniente para Venezuela, así como la creación la Comisión Mixta. Porque congela la Reclamación venezolana frente a la posición venezolana de la invalidez  de la sentencia del Tribunal Arbitral del 03 de octubre de 1899 por nula e irrita.  

5. Año de Publicación: 1966

6. Lugar: Caracas

7. Editorial: S/E

8. No de Páginas: 68

9. ISBN:

10. Peso: 40 Gramos 

11. Ancho: 15 .cmts 

12. Largo: 21 1/2 cmts. 

13. Tipo de papel:

14. Tipo de Publicación: Folleto

15. Temas Relacionados: 
Venezuela Límites con la Guayana Inglesa-Británica; Guayana-Limites-Venezuela; Guayana Esequiba; Zona en Reclamación; Acuerdo de Ginebra; Medios de Solución controversias; Geopolítica, Interés Nacional   

16. Agencia:

17. Colección:
Perteneciente a la serie de folletos  publicados sobre  la defensa de los derechos históricos y jurídicos de Venezuela sobre los territorios de la Guayana Esequiba ubicados al oeste del río Esequibo.

18. Contenido:
En esta publicación el Dr. René de Sola, nos presenta su opinión al señalar la inoperatividad,  del Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966. Señalándose que no fue   el pasó  más conveniente para Venezuela, al igual que la creación la Comisión Mixta.
 Porque congela la Reclamación venezolana frente a la posición venezolana de la invalidez  de la sentencia del Tribunal Arbitral del 03 de octubre de 1899 por nula e irrita.

20. Publicación:
La obra del Dr. René de Sola, Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra, la podemos incluir en la clasificación de la fase o periodo   VII.    Correspondiente a la  bibliografía publicada entre los años de 1949 a 1966. Desde la publicación del Memorándum de Mallet Prevost en 1949, hasta la firma del Acuerdo de Ginebra el 17 de febrero de 1966.



domingo, 1 de enero de 2012

La Rebelión del Rupununi y la Reclamación de la Guayana Esequiba




1969 Frente a la Prensa René de Sola La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba


Por Oscar José Márquez 

Ficha Técnica La Rebelión del Rupununi

1. Titulo: La Rebelión del Rupununi

2. Autor: René de Sola



Destacado universitario,  jurista, y político en el ambiente jurídico,   fue un consecuente luchador estudiantil al integrar muy joven la Federación de Estudiantes de Venezuela.  Ya para año de 1932,  Gil y Fortul le permite a René de Sola manifestar sus inquietudes en el en el Nuevo Diario.


En 1940 en compañía de Felipe Casanova, Gustavo Díaz Solís, Luis Beltrán González, Benito Raúl Losada,  Ezequiel Monsalve, Efraín Schacht, Alfredo Tarre Murzi, y otros fundaron el grupo  “VIDE”,  de poca duración  pero que tuvo destacada actuación en el mundo cultural y científico.

René de Sola,  en 1941  con tan solo 21 años obtiene el premio Andes Bello de la Academia Nacional de la lengua con su trabajo “Al encuentro de Cecilio Acosta”

En su quinto año de derecho se le reconocen sus aptitudes, capacidad  y es designado Profesor Repetidor de Principios Generales del  Derecho para 1941-1942; Culminando sus estudios Suma Cum Laude y  obtiene en 1943 el título de abogado y Doctor en Ciencias Políticas en la Universidad Central de Venezuela (UCV); Doctor en Derecho Universidad de París en 1953 con su tesis sobre las Operaciones inmobiliarias en el Derecho venezolano; Doctor Honoris Causa en Filosofía de la Universidad de Tel Aviv (Israel).

Se desempeño como secretario del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil  del Distrito Federal 1945; como Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil del Distrito Federal 1947; Fundador de Casanova & De Sola  1944, Firma que se transforma De Sola; Profesor en la Universidad Central de Venezuela y la Universidad Católica Andrés Bello (a partir de 1944); Miembro del Consejo de la Facultad de Derecho de la Universidad Central de Venezuela (1950); Decano en la Facultad de Derecho en la Universidad Santa María ( a partir de 1954); Integro la Sala de Casación Civil; Ministro de Justicia (1958); Fundador del Cuerpo Técnico de Policía Judicial (1958); Ministro de Relaciones Exteriores (1958-1959); Miembro de Numero de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales 1960; Senador Suplente por el Distrito Federal (1963); Presidente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales la cual reforma y reestructura (1968); Miembro Correspondiente Hispanoamericano de la Real Academia Española (1970); Director de la Academia Venezolana de la Lengua (1979).

Presidente de la Sala Política Administrativa de la Corte Suprema de Justicia (1979); Presidente de la Corte Suprema de Justicia (1987-1989); Presidente de la Comisión de la Reforma del Código de Comercio.

A nivel internacional fue Miembro de la Comisión Permanente de Conciliación (Tratados Venezuela Colombia del 17/12/39); Presidente Alterno de la Junta de Apelaciones de UNESCO (1985); Embajador Delegado Permanente de Venezuela ante la UNESCO (1970); Presidente del Grupo Latino americano y del Caribe de la Unesco 1970; Miembro del Instituto de Derecho Comparado de la Universidad de París; Miembro del Instituto de Derecho Comercial de la Universidad de Buenos Aires; Presidente del Comité Jurídico de UNESCO (1978 y 1995).

La inquietud  intelectual del  Dr. René De Sola le llevo a producir una serie de obras entre ellas Novelas,  artículos,  ensayos,  teatro traducciones del francés al español y redacción de leyes.   Entre sus profusa producción podemos señalar Las universidades y la Confraternidad American; Misión y Destino de la Universidad des venezolanas 1954; Opinión Jurídica 1960, con siete temas diferentes entre ellos  Las Minorías en las Compañías anónimas  es traducida al francés; La Universidad y la Política 1962; Balance Inconcluso de una Actitud Universitaria 1962; El Derecho Venezolano Sobre la Letra de Cambio con dos Ediciones 1960-1967; La Palabra Misteriosa 1966; La Universidad y la Profesión de Abogado 1968; ¿Es un crimen el trasplante del Corazón? 1968; El itinerario Filosófico de Andrés Bello y la Agricultura y la Zona Tórrida.

Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra  (1966)
La posición del Dr. René de Sola, en referencia a la reclamación territorial por los territorios al oeste del rio Esequibo conocidos como la Guyana Esequiba o Zona en reclamación fue muy conocida y debatida su tesis en    referencia   a que el Acuerdo de Ginebra: “…no ha sido el paso más conveniente para Venezuela, pues tanto el Acuerdo de Ginebra como la creación de una Comisión Mixta para buscar soluciones satisfactorias para el arreglo de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido, lo que ha hecho es congelar la reclamación formulada por nosotros contra el Laudo de París, que fue  un acto sin eficiencia  Legal por nulo e irrito…” en su obra publicada en 1966,   La Guayana Esequiba y el Acuerdo de Ginebra. 


La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba
Hoy 02 de enero de 2012,  con motivo  de conmemorarse los cuarenta y tres años de la Rebelión del Rupununi presentamos una ficha técnica de la obra  del Dr. René de Sola,  La Rebelión del Rupununi y la Reclamación la Guayana Esequiba, folleto elaborado a partir de una extensa y profunda  entrevista realizada el 30 de enero de 1969 en el Programa  Frente a la Prensa del canal  T.V No 4  Venvisión,  por los periodistas María Elena Páez, Carlos Rodríguez Gantcaume  y Alfredo Schael. 


Valuación  Actualizada del Acuerdo de Ginebra
El Dr René de Sola,  publica la Valuación  Actualizada del Acuerdo de Ginebra  en  1982, en el cual analiza la ejecución del Acuerdo de Ginebra, ¿la validez del Protocolo de Puerto España para Venezuela?, las consecuencias de la revitalización del Acuerdo de Ginebra entre otros temas.


3. Tema: Derecho Territorial venezolano, Utis Possidetis Iuri, La libre determinación de los Pueblos,   la Nulidad y la Terminación de los Tratados Internacionales La Intervención en Asuntos Internos, La responsabilidad Internacional, acuerdo de Ginebra,    

4. Descripción: Esta publicación nos presenta  una entrevista efectuada al Dr. René de Sola,  Presidente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales en esa época. por los periodistas María Elena Páez, Carlos Rodríguez Gantcaume  y Alfredo Schael, en el programa Frente a la Prensa en el canal  No 4 de Venevision correspondiente al día 30 de enero de 1969 sobre los sucesos ocurridos en la Sabanas del Rupununi en los primeros días de enero de 1969.

5. Año de Publicación: 1969

6. Lugar: Caracas

7. Editorial:  Tiliven

8. No de Páginas: 15

9. ISBN:

10. Peso: 200 grs

11. Ancho: 24 .cmts 

12. Largo: 16 cmts. 

13. Tipo de papel:

14. Tipo de Publicación:
      Folleto

15. Temas Relacionados: 
Venezuela, La rebelión del Rupununi, Acuerdo de Ginebra,

16. Agencia:

17. Colección: 
Perteneciente a la serie de Folletos  publicados sobre la divulgación y defensa de los derechos de Venezuela sobre los territorios de la Guayana Esequiba ubicados al oeste del río Esequibo.

18. Contenido:
Entrevista en la cual se trata la Rebelión del Rupununi

20. Publicación:
La obra del René de Sola La Rebelión del Rupununi hace cuarenta y tres, la podemos encuadrar en la Bibliografía publicada entre los años de 1966 a 1989,  correspondiente a   la fase VIII.

Que abarca a su vez dos periodos bien demarcados, desde la firma del  Acuerdo de Ginebra en  1966, hasta el vencimiento del Protocolo de Puerto España en 1982, cuando Venezuela decide no renovar el mismo y continuar con lo establecido en el artículo IV (2), del  Acuerdo de Ginebra que tipifica que de no llegarse a un acuerdo con respecto a la elección de uno de los medios de solución previstos en el Articulo 33 de la Carta de las Naciones Unidas referirán la decisión:

“…o de no llegar a un acuerdo sobre este punto, al Secretario General de las Naciones Unidas…”. Ese mismo año. En 1987 Guyana y Venezuela deciden aceptar el método de los Buenos Oficios que en realidad comienza a funcionar en 1989, con el llamado Proceso de los Buenos Oficios bajo la intermediación del referido Secretario General de las Naciones unidas según lo establecido en el artículo IV (2), del Acuerdo de Ginebra 1966.