miércoles, 26 de octubre de 2011

Barima” Manifiesto justificativo de la conducta del Gobierno de Venezuela en la Cuestión de Barima


Barima Manifiesto justificativo de la conducta del Gobierno de Venezuela en la Cuestión de Barima

Primer documento  publicado en Venezuela de corte eminentemente periodístico en defensa de la territorialidad venezolana por los territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos como la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación 


Tomado de:


Oscar José Márquez

Este Manifiesto publicado el 06 de octubre de  1841,  fue  una denuncia, una crítica al Gobierno del General José Antonio Páez, frente a la comisión geográfica inglesa instalada en el río Barima en el Delta del Orinoco presidida por Robert Schomburgk.

Este manifiesto viene al dedillo, como ejemplo de un Gobierno que reacciona favorablemente en defensa de los sagrados derechos de la territorialidad venezolana basados en la Doctrina del Utis Possidetis Jure  del Libertador Simón Bolívar,  frente a las severas críticas de la prensa de ese año  como lo fueron El Relámpago, El Patriota, El Promotor,  La Gaceta, La Unión, El Nacional  y especialmente el Venezolano,  recién fundado para esa época, así como de los medios de presión y de la opinión pública nacional frente a las pretensiones inglesas de demarcar un límite unilateralmente frente a la Republica de Venezuela  y a la actitud inicial del gobierno nacional por  desconocimiento de los hechos  sucedidos en  el río Barima.

Independientemente que el 13 de enero de 1841, el gobierno de la Gran Bretaña unilateralmente  le participara al venezolano que había comisionado a Robert Schomburgk, para reconocer  el territorio de la Guayana Inglesa y fijar los límites que la separan de Venezuela según la Gaceta del 22 de agosto de 1841, No 554.

 Sin embargo ya estaba todo fríamente calculado los británicos a través de la Real Sociedad de Londres había contratado a Robert Schomburgk, en 1834 para que explorase a la colonia de la Guayana inglesa que solo abarcaba según datos del  propio anuario estadístico británico del Colonial Office de 1839,  la referida  colonia de la Guayana Inglesa integrada por las ex colonias holandesas del Demerara, Esequibo y Berbecí  sumaban  70.300, Millas.  La del Demerara y Esequibo con 70.000  y Berbecí 3000; con una población  para el Demerara de 48.000 de ellos  2.500 blancos y 45.500 de color; el Esequibo con 27.150 de ellos 650 blancos y 26.500 de color  y la de  Berbecí con 24.560  de ellos 560 blancos y 24000 de color.

Sin embargo Schomburgk,   había  explorado entre 1835 y 1839 las ex colonias holandesas penetrando a lo más profundo de la Guayana venezolana y la amazonia de  lo que es el territorio nacional hasta el Roraima hoy Estado Bolívar, y a las nacientes del río Arobopó, el cual cae  al Kukenan, y este al caroni, que desemboca en el Orinoco; posteriormente realizo otra exploración  hacia y por territorio brasileño al pasar a la cuenca del rio Branco ( Blanco) remontar los   ríos Uraicuera, Mucajai  traspasar la sierra de Pacaraima que  separa la cuenca del Amazonas Caroní, Caura, Orinoco para bajar por el río Meravari, y  traspasar la sierra Maigualida divisoria de las aguas que  separan  las  sub cuencas al norte del  Caroni-Caura y al sur  Parima-Mavaca-Ocamo   del rio Orinoco al bajar por el  río Parima-Mavaca-Orinoco hasta llegar a la Esmeralda en el Estado Amazonas y retornar a la colonia del Demerara por la ruta Casiquiare, río Negro, Branco, Esequibo.

Indudablemente que  Robert Schomburgk, tenía una visión de las tres grandes cuencas Orinoco, Amazonas y Esequibo se percato de la inmensidad de esos territorios, y como podían ser repartidas o fraccionadas,  de su soledad aparente ya que solo  la habitaban indígenas que para la   primera constitución española de 1812, llamada La Pepa. Así como la venezolana de 1810, y las de La Gran Colombia de 1819, 1821, y la venezolana de 1830,   los indígenas eran considerados españoles y venezolanos.  

Constatando a su vez cuan pobre, paupérrima,  miserable y desvalida era la Venezuela de la  década de 1830-1840 a escasos diez, o quince  años de su separación de la Gran Colombia. Venezuela estaba en desventaja frente a la primera potencia de su época, el Gobierno Nacional ignoraba  las exploraciones y levantamiento cartográfico que realizaban unilateralmente los ingleses  por intermedio de la Real Sociedad Geográfica de Londres y su ejecutor Robert Schomburgk.

El 28 de enero de 1841 o sea quince días más tarde el Ejecutivo Nacional le contesto al gobierno británico que se nombraría un comisionado por parte de la Republica de Venezuela,”… para que en unión del designado por S.M.B., se procediese a la fijación de límites, luego que se celebrase el Tratado de mutuas estipulaciones sobre ellos según el uso de las naciones: a cuyo fin se nombrarían plenipotenciarios para que lo ajustasen debidamente, en Caracas o Londres…”

Encontrándose el Gobierno Nacional del General José Antonio Páez,  a la espera de la  repuesta de la referida  nota  oficial dirigida al Vizconde Palmerston (Henry Jhon Temple) Ministro de Relaciones Exteriores de la Gran Bretaña (Foreign Office), cuando por información del Gobernador de Guayana, del 24 de julio de 1841  se tuvo conocimiento en Caracas.   Que se había izado una bandera con los signos reales ingleses en Punta Playazo cerca de la boca del rio Amacuro, señalando a su vez que hasta esa fecha se ignoraba el motivo u origen de tan lamentable hecho.

Posteriormente se informo que en el mismo río Amacuro se encontraba una caladora( Embarcación angosta y poco profunda más ancha en su parte media construida de madera, que se utiliza para el transporte  fluvial, piragua grande)    con cuarenta hombres y un cañón en tierra, donde instalaron un poste, mojón o hito  retirándose posteriormente  al Demerara que era efecto como se solía llamar  a la colonia de de la Guayana Inglesa a pesar de la unificación de las tres ex colonias holandeses  de Demerara,   Esequibo y Berbecí en 1831.

Frente al comunicado oficial de la Canciller de Guyana Caroliyn Rodriguez Birkett,  señalando que  había enviado el día 06 de septiembre del preste año,   un comunicado a la Comisión de la Plataforma Continental, solicitando la extensión del límite exterior de la Plataforma Continental de su país y la actitud asumida por el actual Gobierno Nacional.  Frente a esta pretensión desconociendo los soberanos derechos históricos, jurídicos y sociales  sobre los territorios ubicados al oeste del rio Esequibo conocidos como la Guyana Esequiba o Zona en Reclamación y el  Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966 y otras acciones del estado nacional frente a las Naciones unidas y la OEA.

Porque  General José Antonio Páez en el contexto histórico de su época reacciono y procedió de inmediato a nombrar  y a enviar a una comisión a la colonia del  Demerara, para solicitar una explicación de la violación al territorio nacional por  los hechos sucedidos en Barima. Y a su vez procedió a nombrar un comisionado con órdenes e instrucciones precisas  para el plenipotenciario venezolano en Londres, Dr. Alejo Fortique.

La prensa de la época y la opinión pública nacional señalaban que el gobierno nacional debía de saber sobre esta comisión geográfica en razón de la comunicación recibida del gobierno inglés del 13 de enero de 1841 y por una información publicada en marzo de ese año en  el periódico La Unión No 2, sobre  el motivo y objeto de la referida comisión presidida por Robert Schomburgk  al señalar:

“…la Sociedad Geográfica de Londres comisionó en 1834 a Mr Robert Schomburgk  para que explorase la Guayana Inglesa y el alto Orinoco; y el Gobierno británico queriéndole dar una prueba manifiesta de la confianza y estimación que inspiraban sus trabajos, fijar los límites le han encargado   hasta hoy indecisos, entre la Guayana  Inglesa y las regiones vecinas, a fin de poner los débiles restos de la población  indiana a cubierto de los ataques de los brasileños que no respetando ni las leyes humanas ni los derechos políticos de las naciones, no cesan de hacer la caza a los infelices indios para reducirlos  a la esclavitud. El señor de Humboldt  ha dado al efecto sus instrucciones al Sr. Schomburgk…”

Sin embargo esta suposición de  la opinión pública  era una incógnita  para el gobierno de esa época, ya que este esperaba una repuesta y nunca un acto unilateral de los ingleses que faltaron a su tradicional caballerosidad y cortesía,   nunca se imagino el Ejecutivo Nacional  que no habría ni principios, ni respecto al derecho de los pueblos una vez más se imponía el dogma que los países no tienen amigos ni hermanos solo intereses. 


Por supuesto que el Gobierno Nacional de ese entonces obvio o ignoro la información de prensa sobre la comisión geográfica inglesa  al mando del Sr. Robert Schomburgk, quien se iba a  imaginar que este   procedería  a  demarcar unilateralmente cuando se esperaba una repuesta del Foreign Office de Londres. ¿Como el Ejecutivo Nacional? tomaría las medidas pertinentes para impedir la entrada de la referida comisión geográfica a territorio venezolano cuando, a un hoy en día la región del Delta de Orinoco, del Barima y Amacuro son inhóspitos, lejanos e inaccesibles por tierra.

Sin embargo el gobierno nacional como señalamos giro instrucciones precisas en septiembre de 1841 al Dr. Alejo Fortique en Londres señalándole como deberían quedar fijados los limites con la Guayana inglesa.

El 5 de octubre un día antes de la publicación del Manifiesto justificativo de la conducta del Gobierno de Venezuela en la Cuestión de Barima,  en Caracas.  El Dr. Alejo Fortique Ministro plenipotenciario en Londres le entregaba al Conde Aberden,  una comunicación que entre otros asuntos  señalaba  que aun se esperaba la repuesta de la comunicación del gobierno venezolano de 28 de enero; de la sorpresa  por la construcción de una garita y la izada del pabellón británico; señalándole que se “…se ignora el origen y objeto de este procedimiento, y espera sin duda que recibirá sobre el aclaraciones satisfactorias…” exigiendo a su vez Fortique que “… y le ruega se sirva dar una contestación a la referida nota del 28 de enero…”

En Caracas se publicaba al día siguiente el 06 de octubre  “Barima” El  Manifiesto justificativo de la conducta del Gobierno de Venezuela en la Cuestión de Barima  que denuncia la violación del territorio venezolano  por parte de los ingleses y exigía además:
 1. Que el Gobierno debió de dar cuenta al Congreso,  de la Comisión que Inglaterra le dio a Robert  Schomburgk y de la cual tuvo noticia el 13 de enero de 1841.

2. Que debió poblar u ocupar materialmente los limites de Venezuela desde ese día 13 de enero de 1841.

3. Que debió de rechazar el principió que se supone asentó el Gobierno inglés en dicha comunicación, como base de su proyectada usurpación.

4. Que debió de protestar desde enero la nulidad del deslinde, y dar instrucciones al Ministro venezolano en Londres para sostener la controversia.

5. Que era necesario nombrar a un Plenipotenciario Extraordinario cerca de S. M.B   señalando para tal fin  al General Carlos Soublette.

6. Que debió mandarse una fuerza armada a demoler el poste y arrancar el pabellón ingles fijado en tierra de Venezuela.

7. Que se debía poner a la Nación en estado de guerra y estar preparados  para declararla, luego que la decretase el Congreso, y que al efecto se ha debido de convocar a este cuerpo extraordinario desde que se supo la usurpación.

El Foreign Office respondió a la  comunicación entregada por  Alejo Fortique, el día 21 de octubre señalando que habían recibido del Gobernador de la colonia de la Guayana Británica el informe de Robert  Schomburgk,  acerca de los hechos en cumplimiento de la Comisión que se le había confiado en Barima.

En el informe señalaba  que Robert  Schomburgk, había partido del Demerara el último de abril y había regresado al río Esequibo a fines de junio. Señala el informe que había plantado “…postes fronterizos en ciertos puntos del país que él  había estudiado, y que él estaba en perfecto conocimiento de que el deslinde así hecho era meramente una medida preliminar abierta a futura discusión entre los Gobiernos de la Gran Bretaña y Venezuela. Pero no aparece que el Sr.  Schomburgk, dejase tras de sí ninguna  casa de guardia, garita u otro edificio que lleve la bandera británica…”.

El Dr. Alejo Fortique Ministro en Londres, le contesta  el 18 de noviembre nuevamente al Conde Aberden, señalándole : “… que recibido posteriormente  ordenes de su Gobierno para asegurar al de su Majestad que el comisionado,  Schomburgk, traspasando sin duda los términos de su autorización, ha fijado en un punto de la boca del Orinoco varios postes con las iniciales de su Majestad, y enarbolando en dicho lugar , con aparato de fuerza armada, el pabellón británico, y perpetuando otros actos de dominio y de imperio…”

En su repuesta Fortique señala además, los títulos españoles heredados y jamás disputados por nación alguna en la Provincia de Guayana,  la confianza y seguridad de sus vecinos  “…y en fin,  confiado en la honradez de las naciones colindantes, EL Gobierno de Venezuela había creido hasta ahora no deber temer invasión alguna ni un agravio cualquiera de parte,  por lo menos,  de un amigo como Inglaterra, con quien le ligan relaciones tan estrechas…”

El representante venezolano fue claro y preciso sobre los derechos venezolanos y la violación del territorio  frente al Foreign Office al señalar: …si el hecho solo de fijar señales de límites en el territorio de la Republica es una violación abierta de sus derechos, deja el que suscribe a la consideración del Gobierno de su Majestad, a su penetración y delicadeza, medir la impresión que habrá producido en Venezuela el saber que dichas señales han sido acompañadas de todos los signos de verdadera posesión. Grande efectivamente y profundo es el disgusto que ha ocasionado esta inmensa ofensa: baste decir  que se ha llegado a tildar al Poder Ejecutivo de negligente en la conservación del decoro y propiedad de la Republica, solo por que en todo este negocio ha manifestado siempre una confianza ilimitada en la justicia del Gobierno de su, Majestad…”

Alejo Fortique,  fue más allá al solicitarle al  Conde Aberden una explicación sobre la amenaza velada en la comunicación del 12 de  enero de ese año de 1841:
“ …el Gobernador de la Guayana Inglesa ha sido facultado para resistir cualquier agresión sobre los territorios cercanos a la frontera que han estado hasta ahora ocupados por tribus independientes…” continua Fortique “…palabras son estas que necesitan explicación: por que el Gobierno del que suscribe no ha podido persuadirse que el de su Majestad haya querido establecer un principio de protección respecto de los indígenas que habitan fuera de de la frontera inglesa, y que por este mero hecho ocupan territorio venezolano:  o que se pretenda reconocer en las tribus salvajes la personalidad que el derecho de gentes no atribuye sino a las naciones constituidas en sociedad política: ni, en fin, que se intente por este medio defraudar a Venezuela de los derechos que en América se han reconocido siempre a los descubridores…”.

Así continuaron en un lenguaje diplomático pero exigente por parte del representante venezolano en Londres  Dr. Alejo Fortique,  de solicitar la remoción de las marcas colocadas por Robert  Schomburgk,  ante el Foreign Office dirigido por     el Conde Aberden, durante el resto del año de 1841 y 1842.

Al fin las marcas postes botalones o hitos serian removidos ya que el 09 de marzo de 1842 el Sr. Henry Light,  a la sazón Gobernador de la Guayana Británica, mediante comunicación al encargado de negocios del Gobierno británico en Caracas el General Daniel Florencio O´Leary  le señala:  “…para satisfacción del Gobierno de Venezuela, que he recibido instrucciones del muy honorable Secretario de Estado de las Colonias para remover los postes colocados por el  Sr. Robert  Schomburgk, en el Barima y en otras partes, en el estudio de los supuestos límites de la Guayana Británica…”.

El gobernador Henry Light, concluye su comunicación  con las siguientes palabras a Daniel Florencio O´Leary “…Entretanto, si algún retardo ocurriese en dar cumplimiento a las órdenes que he recibido, fío a los buenos oficios de Usted indicar al Gobierno venezolano que pude considerar removido todo motivo de reconvención por la concesión a él hecha por los Ministro británicos…”.

Para marzo de 1842 quedaban resueltas las denuncias  “Barima”  Manifiesto justificativo de la conducta del Gobierno de Venezuela en la Cuestión de Barima. Concluyendo así un primer capítulo de lo que sería la usurpación y despojo de 159.500km 2 de territorios ubicados al oeste del rio Esequibo conocidos como la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación el 03 de octubre de 1899.

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Oscar José Márquez " Manifiesto justificativo de la conducta del Gobierno de Venezuela en la Cuestión de Barima  ”  entrada del miércoles, 26 de octubre de 2011

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